El pasado 22 de agosto de 2025, la Agencia Nacional de Telecomunicaciones de Brasil (Anatel) aprobó en sesión extraordinaria la suspensión cautelar de diversas obligaciones regulatorias que pesaban sobre las operadoras de televisión por suscripción (SeAC). La medida, de carácter temporal, se mantendrá vigente hasta que concluya la revisión regulatoria prevista para inicios de 2026.
La propuesta fue presentada por el consejero Alexandre Freire, quien señaló que el marco regulatorio actual está desfasado frente a la realidad del mercado. Según explicó, el servicio de TV paga tradicional ha perdido millones de suscriptores en los últimos años, en gran parte por la fuerte competencia de las plataformas de streaming, que no están sujetas a las mismas exigencias. Mantener estas obligaciones exclusivamente sobre el SeAC, sostuvo, crea un entorno desigual e ineficiente.
La suspensión alcanza regulaciones relacionadas con derechos del consumidor, calidad percibida, consejos de usuarios, defensa de abonados y entrega de información a la propia agencia (RIPAL). La única excepción corresponde a los contratos empaquetados con otros servicios de telecomunicaciones, en los que el Reglamento General de Derechos del Consumidor sigue aplicándose de forma íntegra.
La Asociación Brasileña de Televisión por Suscripción (ABTA) celebró la decisión calificándola de “histórica”. Su presidente, Oscar Simões, destacó que la medida responde a una demanda de larga data del sector y contribuye a equilibrar las condiciones con los servicios de video ofrecidos por Internet. La ABTA había solicitado esta flexibilización desde 2024, aunque solo prosperó cuando Freire incorporó el tema al Plan General de Metas de Competencia (PGMC), lo que abrió el camino para la decisión de este año.
Pese a la desregulación parcial, siguen vigentes las obligaciones establecidas en la Ley del SeAC (Ley nº 12.485/2011), como las cuotas de contenido nacional, el pago de la Condecine y el transporte obligatorio de ciertos canales. La resolución suspende principalmente normas creadas por la propia Anatel en años anteriores, algunas heredadas de la antigua Ley del Cable de 1995, que durante décadas moldearon este segmento.
La Anatel aclaró que la medida no deja al usuario desprotegido, pues el Código de Defensa del Consumidor se mantiene plenamente en vigor. Además, la agencia seguirá monitoreando el escenario y podrá revisar las disposiciones antes de que culmine la revisión regulatoria.
En síntesis, la decisión del 22 de agosto de 2025 supone un alivio inmediato para las empresas de TV paga, al reducir cargas administrativas en un momento de fuerte transformación del mercado audiovisual brasileño.